Autora: Mónica Velasco.
En esta ocasión en nuestra sección de #lecturarecomendada traemos la resolución con referencia Roj: AJM B 1900/2022 - ECLI:ES:JMB:2022:1900 emitida por el Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Barcelona y que trata sobre la adopción de una medida cautelar de embargo en #NFTs.
El argumento de la parte demandante se ha centrado en - la utilización de manera inconsentida y no autorizada en el tráfico económico, a través de #NFTs y de publicaciones en distintas plataformas digitales y redes sociales (Linkedin, Instagram y TikTok), así como en el metaverso Decentraland, en el marketplace Opensea y en la tienda física que la demandada inauguró en Nueva York, las siguientes obras: " Oiseau volant vers le soleil" y " Tète et Oiseau" de D. Alfredo , " Ulls i Creu" y " Esgrafiats" de D. Agustín y " Dilatation" de D. Alejo- - [ cita textual de la referida resolución]. Lo anterior a criterio del demandante, genera una presunta vulneración de sus derechos de autor.
Grupo Mango como parte demandada, alego a través de argumentos por de mas interesantes, que al ser ellos propietarios de las obras físicas, no están violentando derechos del autor pues, la reproducción de las mismas en formato #digital es una prerrogativa derivada del derecho a exposición pública del que goza, la persona que adquiere dichas obras. En este sentido rematan su fundamentación señalando que los #NFT's nunca se convirtieron en - activos #blockchain, por lo que solamente se pueden visualizar a través de la plataforma, pero no se pueden descargar, adquirir ni reproducir- [ cita textual de la referida resolución]. Finalmente agregaron que los NFTs tampoco fueron transferidos a ninguna wallet de Grupo Mango.
Si bien la resolución de la medida cautelar, no fue estimatoria para Grupo Mango, sus argumentos son considerablemente de peso y habrá que esperar la culminación de todo el proceso para observar cual será el criterio judicial que será adoptado para resolver el mismo. Este caso evidencia, como el derecho esta constantemente en evolución y adaptándose a nuevos contextos. Así mismo, se observa, como los juzgadores, se encuentran reconfigurándose en una especie de pretores físicos para el mundo digital. Te invitamos a leer, la resolución sobre la medida cautelar y los argumentos que fueron retomados por el juez para decretar el embargo limitado a los NFTs de las obras en controversia, a través del siguiente link:
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