Autora: Monica Velasco, Abogada y Consultora en Diagnostico y Gestión de Riesgos Para la Prevención del LDA/FT/FPADM
Este 03 de enero de 2024 en plenaria #138, la Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley Crecer Juntos, estas buscan fortalecer y garantizar la educación de la primera infancia de hijas e hijos de personas trabajadoras tanto ebñn el sector privado como publico.
Las reformas se encuentran orientadas a que las personas empleadoras en el cumplimiento de su obligación de acceso a Centros de Atención a la Primera Infancia (CAPI) para hijas e hijos de las personas trabajadoras de sus empresas, según lo establecido en el articulo 136 y 137 de la Ley Crecer Juntos, podran cancelar a la trabajadora o trabajador el costo promedio de los servicios de Centros de Atención a la Primera Infancia (CAPI) que estos escojan para sus hijos e hijas en atencion a sus valores y preferencias.
Anteriormente, la Ley solo contemplaba tres opciones para estos centros, identificadas en el articulo 137 de la Ley Crecer. Estas alternativas incluyen la instalación y mantenimiento de Centros de Atención a la Primera Infancia (CAPI) dentro del mismo municipio donde se ubica el lugar de trabajo; La posibilidad de mantener centros comunes costeados por varios empleadores en la misma área geográfica; y la contratación de servicios independientes de un CAPI autorizado en el área del centro de trabajo.
Esta cuarta opción busca complementar las alternativas existentes, tomando en cuenta la voluntad de la madre o el padre reafirmando la importancia de la triada compuesta por la familia, sector privado y el Estado en la atención y educación temprana de la niñez grantizando un nivel de calidad óptimo, promoviendo así un desarrollo integral desde los primeros años de vida de las niñas y niños.